Conozca el alcance efectuado por la DIAN al concepto unificado no. 106 del 19 de agosto de 2022.

Mediante el concepto en referencia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN emitió un alcance al Concepto relacionado con la obligación de facturar y el sistema de facturación electrónica.

Adicionó al descriptor 5.1.1. “Naturaleza y definición del registro de la factura electrónica de venta como título valor -RADIAN” los sub numerales 5.1.1.17. Y 5.1.1.18. Para determinar la procedencia del evento referido a las cesiones de derechos económicos contenidos en facturas electrónicas consideradas título valor.

Adicionalmente, adicionó al descriptor 5.1.5. “Obligatoriedad de confirmar el recibido de la factura electrónica de venta y de los bienes o servicios adquiridos mediante mensaje electrónico al facturador” los siguientes sub numerales: 5.1.5.1. Para aclarar lo que se debe entender por facturas expedidas en operaciones “a crédito” o “con un plazo para el pago”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 616-1 del Estatuto Tributario; y el 5.1.5.2. Para interpretar cómo se debe cumplir con la remisión del mensaje electrónico de confirmación de recibido de la factura electrónica de venta y el mensaje electrónico del recibido de los bienes y/o servicios adquiridos, cuando la adquisición de
bienes o prestación de servicios se realiza a través de patrimonios autónomos.

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