La sección cuarta del tribunal administrativo de Cundinamarca, levantó una sanción por inexactitud por diferencia de criterios
En el presente caso, se debatió si los dividendos obtenidos por la demandante eran base para calcular el Impuesto de Industria y Comercio.
Es de anotar que, durante el transcurso del litigio, la posición relacionada con el objeto del debate no era pacífica.
Con todo, a lo largo de la contienda, la Sección Cuarta del Consejo de Estado profirió una Sentencia de Unificación que logró proponer una postura definitiva en el fondo del litigio, situación que fue tenida en cuenta al momento de dictar la sentencia por parte del Tribunal.
Sin perjuicio de ello, lo novedoso del asunto es que el Tribunal, en sede de instancia, levantó la sanción por inexactitud por cuanto consideró que, al no existir antes una posición clara en el asunto, la interpretación que efectuaron las partes conllevó una notoria diferencia de criterios.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sección cuarta, Bogotá, 24 de marzo 2023 Más información aquí