Mediante Resolución nro. 000202 del 31 de marzo de 2025, la DIAN modificó parcialmente la Resolución nro. 000165 de 2023 en materia de facturación electrónica, con el fin de establecer los parámetros a tener en cuenta por parte de los facturadores electrónicos.
Los aspectos más relevantes de esta modificación parcial son:
- Restricción en la recolección de datos: los facturadores electrónicos solo podrán solicitar la siguiente información:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Tipo y número de identificación.
- Correo electrónico.
Esta medida busca proteger los datos personales y simplificar el proceso de facturación.
- Plazo para la facturación de servicios públicos: las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios podrán generar y transmitir el documento equivalente electrónico hasta 48 horas después de la lectura del consumo del servicio.
Estas modificaciones tienen como objetivo optimizar la trazabilidad tributaria, reforzar la protección de datos personales y fortalecer el control sobre la facturación electrónica en Colombia.
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