Mediante sentencia 26014 del 28 de Julio de 2022, La Sección Cuarta del Consejo de Estado confirmó la providencia en la que indicó que la UGPP no valoró en debida forma el acervo probatorio.
En esta oportunidad, la Sección Cuarta del Honorable Consejo de Estado abordó el estudio de un caso en segunda instancia, respecto de un aportante Vs. La UGPP.
Entre otras consideraciones, la Alta Corporación indicó que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal no valoró en debida forma las pruebas aportadas por el aportante en la Sede Administrativa.
Las pruebas demostraban, en este caso, que el aportante incurrió en un error involuntario respecto del mes del diligenciamiento de la PILA, a pesar de que contaba con todos los soportes que demostraban que el aporte se causó en otro mes.
En ese sentido, el órgano de cierre confirmó la sentencia de primera instancia en el sentido de declarar la nulidad parcial de los actos administrativos demandados.
Anexo: Consejo De Estado, Sala De Lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta. Radicación 25000-23-37-000-2019-00217-01 (26014). Temas Aportes al Sistema de Seguridad Social períodos enero a diciembre de 2013. Error en la planilla. Sanción por omisión. Desconocimiento de pagos posteriores a la liquidación de revisión. Disponible en: Clic aquí
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